jueves, 3 de diciembre de 2020

COMUNICADO Nº 402 – ACRECENTAMIENTO 2020/2021

 Secretaria de Asuntos Docentes II-La Plata, informa que entre el 04/12/2020 hasta el 14/12/2020 -12:00 Hs,  estará disponible la inscripción al Acrecentamiento 2020/2021 en la aplicación "Inscripciones Docentes" - SERVADO de esta misma página. Acceder con usuario y contraseña de abc.

Se recuerda tener presente la normativa publicada en el Comunicado Nº 261 de esta SAD disponible en:   http://secretariadeasuntosdocentes2laplata.blogspot.com/2020/10/comunicado-n-261-mad-y-acrecentamiento.html

 El formulario a utilizar es Anexo 9 – ACRECENTAMIENTO, disponible en 

https://misservicios.abc.gob.ar/servicios/

Algunas consideraciones enunciadas en la Disp. 17/2020

-Anexo 2 - DEL ACRECENTAMIENTO

  • La solicitud de Acrecentamiento reviste carácter de Declaración Jurada. En consecuencia, la omisión, y/o error de los datos consignados por el docente podrá dar lugar a la anulación de la solicitud.
  • El/la docente que reviste en horas cátedra y/o módulos titulares podrá solicitar acrecentamiento en el área de incumbencia en la que realizó ingreso como titular,  debiendo asimismo cumplir con los requisitos exigidos en el Artículo 69º de la Ley Nº 10.579 y su Reglamentación. Ello implica que, de reunir todos los requisitos previstos, un/ una docente puede solicitar acrecentamiento en una materia y/o espacio curricular diferente al que se desempeña como titular.
  • En aquellos casos en los que la/el docente solicite acrecentar en una asignatura o espacio curricular diferente al que está desempeñando y desde cuya base solicita el acrecentamiento ,a los efectos de la aplicación del Art 69, deberá tenerse en cuenta el área de incumbencia de título.
  • Podrá solicitarse acrecentamiento en el mismo año en que se solicitó el Movimiento Anual Docente sobre la base del trasladoconcedido.
  • No se otorgará acrecentamiento a quien con su solicitud excediera lo establecido en el Art. 28 de la Ley Nº 10.579 y su Reglamentación.
  • Si la/el docente revista como titular en dos o más establecimientos con igual carga horaria y no consignara preferencia se otorgará en el establecimiento consignado en el anexo 9.
  • El docente que renuncie a un acrecentamiento solicitado y otorgado, no podrá aspirar a un nuevo acrecentamiento en el siguiente movimiento, conforme lo previsto en el Art.73º de la Ley Nº 10.579.

Olga Rosales
Secretaria de Jefatura
SAD II La Plata

 

Viviana Salvioli
Secretaria de Asuntos Docentes
SAD II La Plata